Modificación pensión compensatoria.
Como su propio nombre indica, la pensión compensatoria se impone a un cónyuge para compensar la pérdida de capacidad econímica del otro en el momento de romperse el matrimonio.
Dicha pensión es fijada por un juez y en determindados casos se puede dar la situación como para que el cónyuge pueda solicitar la modificación de la cuantía de dicha pensión compensatoria. Estos casos son los siguientes:
- En el caso en el que el cónyuge que paga la pensión haya sufrido un descenso significativo de su renta.
- En el caso en el que el cónyuge que reciba al pensión haya sufido un aumento significativo de su capacidad económica.
- En el caso en el que el cónyuge que reciaba la pensión solicite la suspensión de la misma.
- En el caso en el que el cónyuge que reciba la pensión vuelva a contraer matrimonio.
La pensión compensatoria sufrirá ajustes anuales, estos ajustes generalmente se hacen atenciendo a las variaciones del IPC.
Si usted quiere asesoramiento sobre la posibilidad de solicitar una modificación de la pensión compensatoria, no dude en llamarnos al 918.424.747 y nuestros abogados le dirán la mejor manera de afrontar dicho procedimiento.